Menú
  • Por cualquier consulta comuníquese con nosotros al (0342) 155608449 / 155608444
  • Agregar negocio

Revisión Técnica Vehícular

- Automotor

¿En qué consiste?

La Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO) tiene como objetivo promover el mantenimiento de las condiciones mecánicas de seguridad a lo largo de la vida útil de los vehículos, generando reducción de los accidentes de tránsito causados por fallas técnicas y disminución de la contaminación ambiental mejorando la calidad del aire.

La documentación expedida que acredita el cumplimiento de la RTO es el Certificado de Revisión Técnica Obligatoria apta y la Oblea aplicada sobre el parabrisas del vehículo.

Destinatario/s:

Este trámite lo deben realizar los titulares de vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública. Vehículos automotores, acoplados y semirremolques afectados a la carga y destinados a circular por la vía pública. Vehículos de uso particular, inscriptos registralmente en la Provincia de Santa Fe, conforme las constancias de figuración en la Cédula de Identificación del Automotor (Tarjeta Verde) o Título de Propiedad Automotor, según el siguiente cronograma de exigibilidad

FRECUENCIA DE REVISION

 

Vehículos de uso particular

Mayor a 3 años de Patentamiento (*) -        Bienal

Mayor de 7 años - Anual

 

Transporte público  

Al Patentar y Luego Semestral

 

Transporte de Cargas Generales

Anual

Mayor a 20 Años Semestral

 

Transporte de Cargas Peligrosas

Al patentar y es solamente por 10 años

 

* Importante: la antigüedad se basa en el año fabricación, que no necesariamente es el año del modelo. Vehículos afectados al transporte público de pasajeros, cualquiera sea su destino de servicio

Vehículos que hayan sufrido un siniestro, consecuencia del cual pudieran haberse deteriorado elementos de seguridad, ya que la Revisión Técnica Obligatoria pierde su vigencia y debe realizarse nuevamente

Aquellos titulares de vehículos que hayan perdido o extraviado el Certificado de Revisión Técnica Obligatoria o en el caso de que el parabrisas donde está colocada la oblea o la oblea misma se hayan deteriorado.

¿Qué necesito para realizarlo?

Cédula de Identificación del vehículo (Tarjeta verde)

  • Título de propiedad del automotor
  • CUIT o CUIL del titular registral
  • Licencia de conductor, vigente y de Clase acorde a la Categoría de vehículo que se va a revisar
  • Seguro Obligatorio
  • Último recibo de patente pago

En caso de vehículos automotores propulsados a Gas Natural Comprimido (GNC), deberán presentar, además:

  • Cédula de Identificación del Equipo para GNC (tarjeta amarilla)
  • Oblea de identificación, conforme disposiciones de la Ley 24076 y resoluciones reglamentarias y Resolución 2768/2002 y cc.

En caso de vehículos afectados al transporte de pasajeros o de carga, además deberán presentar:

  • Licencias profesionales habilitantes
  • Certificado de Matriculación para Transporte de Pasajeros, cualquiera sea su categoría modal
  • Constancia de inscripción al Registro Provincial de Transporte automotor de carga, para el transporte de carga provincial
  • Constancia de inscripción al Registro Único de Transporte automotor (RUTA), para transporte de carga interjurisdiccional nacional o internacional
  • Para los vehículos de Cargas, se exigirá certificado de agregado de tanques adicionales y/o certificación del cisterna, si corresponde

Para los vehículos de pasajeros interjurisdiccionales (nacional o internacional), además deberán presentar:

  • Alta de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte;
  • Certificado de Fabricación de la Carrocería
  • Certificación LCM (Licencia de Configuración de Modelos), si corresponde

Dispositivos obligatorios adicionales con los que deben contar las unidades:

  • Bandas Retrorreflectivas y Círculo de Velocidad Máxima para todos los vehículos de transporte de Cargas y Pasajeros
  • Los vehículos de cargas peligrosas deben estar identificados con Paneles de Seguridad y Rombos
  • Los vehículos motrices de cargas peligrosas que pertenezcan a las categorías (N2 y N3) deben disponer de tacógrafo
  • Los vehículos de pasajeros categorías (M2 y M3) que realizan servicios de media y larga distancia deben poseer tacógrafo. Los servicios urbanos deben poseer limitador de velocidad
  • Nota: Para la nueva Revisión Técnica Obligatoria, se debe presentar el certificado de la RTO anterior y la misma documentación exigible para realizar la primera RTO.

 

Empresas recomendadas
Logo Polaco - Planta de Recapados

Polaco - Planta de Recapados

Gomerías

Santo Tomé, Santa Fe

Logo General Cars

General Cars

Accesorios para Automotores

Santa Fe, Santa Fe

Logo Acrimev

Acrimev

Acrílicos

Santa Fe, Santa Fe

Logo Gomería La Rotonda

Gomería La Rotonda

Gomerías

Santa Fe, Santa Fe

Logo Carmelo Audio & Alarmas

Carmelo Audio & Alarmas

Alarmas para Automotores y motovehiculos

Santa Fe, Santa Fe

Logo Taller Moriondo - Chapa y Pintura

Taller Moriondo - Chapa y Pintura

Chapa y Pintura para Autos

Santa Fe, Santa Fe

Logo La Sofía S.R.L. (ex Enrique Ruscitti)

La Sofía S.R.L. (ex Enrique Ruscitti)

Repuestos y Accesorios para Camiones

Santa Fe, Santa Fe

Logo Kilgelmann Neumáticos

Kilgelmann Neumáticos

Alineación y Balanceo de Automotores

Santa Fe, Santa Fe

Logo Lavadero del Puerto

Lavadero del Puerto

Lavaderos de Automóviles

Santa Fe, Santa Fe

Logo Trans-Control SRL

Trans-Control SRL

Revisión Técnica Vehicular

Recreo, Santa Fe

Logo Ocampo Neumáticos

Ocampo Neumáticos

Alineación y Balanceo de Automotores

Santa Fe, Santa Fe

Logo Daniel Ferrero Taller Integral "Chapa y Pintura"

Daniel Ferrero Taller Integral "Chapa y Pintura"

Chapa y Pintura para Autos

Santa Fe, Santa Fe


© 2018 La Guía Santa Fe - Desarrollado por TEM Sistemas